El Expediente de Regulación Temporal de Empleo, más conocido como ERTE, es una medida de flexibilización laboral que habilita a la empresa para reducir o suspender los contratos de trabajo.
Este procedimiento queda circunscrito a un periodo de tiempo debidamente acotado, a la conclusión del cual la empresa está obligada a recuperar las condiciones contractuales previas a la implementación del ERTE, así como a mantener los puestos de trabajo de los empleados que se han visto afectados.
Tipos de ERTE
De acuerdo con la legislación española, las empresas tienen dos tipos de ERTEs a los que acogerse:
Reducción de la actividad laboral
La empresa modifica los contratos de los trabajadores para reducir la jornada laboral o el número de días que acuden a trabajar. Puede llevarse a cabo con una reducción mínima del 10% y un ajuste máximo del 70% respecto a la jornada habitual de cada empleado.
Suspensión de la actividad laboral
Es la modalidad más agresiva, al dejar en suspenso el contrato laboral durante cierto periodo de tiempo.
La aplicación del ERTE queda limitada a circunstancias de fuerza mayor, de ahí que resulte preceptiva la aprobación de un Real Decreto-Ley en el que se reconozcan las situaciones excepcionales en las que resulta lícito recurrir a este mecanismo.
Por norma general, la interrupción grave de las cadenas de suministro, el cierre del espacio aéreo o de las fronteras del país, las restricciones a la movilidad de la ciudadanía o la concurrencia de cualquier riesgo severo para la salud de trabajadores y consumidores, son motivos que justifican la implementación del ERTE.
El ERTE, prácticamente desconocido por el gran público hasta hace escasas semanas, ha adquirido una triste notoriedad con motivo de la pandemia del coronavirus y las medidas de contención adoptadas por el Gobierno de España.
La declaración del Estado de Alarma para frenar la curva de contagios ha tenido un lógico impacto negativo en la actividad económica y muchas empresas se han decantado por los ERTEs como válvula de escape a esta situación.
Las condiciones específicas para los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo aprobados durante la crisis del COVID-19 están recogidas en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo.
Empresas tan relevantes como Ford, Volkswagen, Renault o Globalia ya se han acogido a esta posibilidad o lo harán en los próximos días.